Caja no. 1
Expediente: 1
Lugar: Quito /
Fecha: 2 de diciembre de 1605 /
No. de folios: 143
Contenido: Por orfandad paterna del menor Pedro Lescano, vecino de la ciudad de Sevilla del Oro (Gobernación de Quijos y provincia de Macas), se disputan la curaduría y administración de sus bienes, (entre ellos una encomienda) los señores Pedro Salgado, padrastro del menor, y don Pedro Díaz Vareto, encargado de estos oficios hasta la intervención del indicado padrastro. Existen quejas de ambas partes sobre la conducta del contrario; también se quejan los indios de la encomienda sobre los abusos del primer administrador, por lo que se nombra curador y administrador a un tercero, quien también pide cuentas.
Caja no. 1
Expediente: 2
Lugar: Quito /
Fecha: 18 mayo de 1663 /
No. de folios: 4
Contenido: Sentencia definitiva en el pleito entre el capitán Martín de Salduegui, curador ad bona del menor don Juan Francisco de Borja, y el general don Antonio López de Galarza, por las cuentas de los bienes del gobernador don Juan de Borja, caballero del orden de Santiago y difunto padre de don Francisco. Los bienes habían sido entregados al general bajo inventario.
Caja no. 1
Expediente: 3
Lugar: Quito /
Fecha: 8 de enero de 1683 /
No. de folios: 4
Contenido: La señora Josepha de Ibarra, por la muerte de su esposo, nombra curador de sus hijos a don Juan de Morales Melgarejo a fin de que solicite corresponderles caso de corte.
Caja no. 1
Expediente: 4
Lugar: Quito /
Fecha: 19 de junio de 1737 /
No. de folios: 10
Contenido: Pedido de doña Andrea Rodríguez, para que se le otorgue la tutela de sus nietos menores de edad, pues sus padres han muerto y ella como abuela materna sería la tutora legítima.
Caja no. 1
Expediente: 5
Lugar: Quito /
Fecha: 26 de agosto de 1737 /
No. de folios: 7
Contenido: A raíz de la muerte de doña Tomasa Sánchez Maldonado, su legítimo esposo, vecino de la ciudad de Guayaquil, hace un inventario de los bienes dejados, pues él será tutor y administrador de lo que le tocare a cada uno de sus siete hijos.
Caja no. 1
Expediente: 6
Lugar: Quito /
Fecha: 19 enero de 1740 /
No. de folios: 10
Contenido: Proceso iniciado por el Padre General de Menores contra don Nicolás Galindo y su esposa doña Mariana de Velasco, para que devuelvan los bienes que pertenecieron al difunto don Gregorio Angulo, a sus hijos legítimos, menores que están pasando graves necesidades. Afirma que no hay razón para que dicho matrimonio esté en posesión de los bienes.
Caja no. 1
Expediente: 7
Lugar: Quito /
Fecha: 25 de febrero de 1749 /
No. de folios: 4
Contenido: Petición del maestre-campo y vecino de la villa de Riobamba, don Joseph de Larrea y Zurbano, para que su hijo menor de edad pueda encargarse de realizar negociaciones y contratos en su nombre.
Caja no. 1
Expediente: 8
Lugar: Quito /
Fecha: 10 de abril de 1750 /
No. de folios: 3
Contenido: Doña María de Escobar y don Jacinto Sánchez habían litigado por la tutoría del menor Antonio Sánchez; debido a la muerte de don Jacinto, la otra parte, abuela legítima del menor, pide que se le dé dicha tutoría, así como el derecho a administrar los bienes.
Caja no. 1
Expediente: 9
Lugar: Ibarra /
Fecha: 19 de agosto de 1752 /
No. de folios: 9
Contenido: Luego de morir la madre adoptiva de un menor de nueve años más o menos, piden su tutela don Antonio Masón y doña Gertrudis Pérez Marcillo, afirman que les asiste el derecho por ser esta última su hermana mayor; además piden hacerse cargo de la administración de todos los bienes y del dinero que entrare a la posesión del niño, para ello solicitan a don Pedro de Endara que sea su fiador.
Caja no. 1
Expediente: 10
Lugar: Quito /
Fecha: 11 de agosto de 1756 /
No. de folios: 74
Contenido: Compra hecha por don Juan Sánchez Valdivieso, alcalde provincial de la Santa Hermandad y regidor perpetuo del Cabildo de Cuenca, de las acciones que por herencia pertenecían a los tres hermanos Oviedo de León, sin embargo de ser la última de ellos menor de edad; por este motivo el Protector General de Menores interpone recurso de nulidad con respecto a la parte de dicha menor. Se conoce que el Protector estuvo presente cuando se hizo la negociación.