Caja no. 247
Expediente: 883
Lugar: Quito /
Fecha: 27 de abril de 1915 /
No. de folios: 400
Contenido: Libro copiador de las comunicaciones que envía la sección Justicia (Ministerio de Relaciones Exteriores) a autoridades y a particulares en todo el país, desde abril de 1915 hasta noviembre de 1917.
Caja no. 247
Expediente: 884
Lugar: Quito /
Fecha: 3 de mayo de 1915 /
No. de folios: 151
Contenido: Libro copiador del registro diario de las comunicaciones recibidas en el Ministerio de Hacienda desde diferentes lugares del país, desde mayo de 1915 hasta noviembre de 1917.
Caja no. 248
Expediente: 885
Lugar: Quito /
Fecha: 2 de junio de 1915 /
No. de folios: 400
Contenido: Libro copiador de las comunicaciones que la sección Justicia (Ministerio de Relaciones Exteriores) envía al Ministerio de Hacienda, desde abril de 1915 hasta diciembre de 1916.
Caja no. 248
Expediente: 886
Lugar: Quito /
Fecha: 24 de agosto de 1915 /
No. de folios: 500
Contenido: Libro copiador de telegramas oficiales, los envía el Ministro de Hacienda a los gobernadores y tesoreros de Hacienda de las provincias, desde agosto hasta octubre de 1915.
Caja no. 248
Expediente: 887
Lugar: Quito /
Fecha: 9 de octubre de 1915 /
No. de folios: 250
Contenido: Libro copiador de la recepción de contratos, disposiciones, decretos, acuerdos, escrituras, etc. para ser publicados en el Registro Oficial. Años 1915-1924.
Caja no. 249
Expediente: 889
Lugar: Quito /
Fecha: 15 de noviembre de 1915 /
No. de folios: 193
Contenido: Libro copiador de las comunicaciones recibidas en la Gobernación de la provincia de Pichincha con disposiciones del Gobierno, especialmente órdenes de pago o transferencias de fondos que debe efectuar la Tesorería de Hacienda de esta provincia, en los meses de noviembre y diciembre de 1915.
Caja no. 249
Expediente: 890
Lugar: Quito /
Fecha: 13 de diciembre de 1915 /
No. de folios: 488
Contenido: Libro copiador de los telegramas que envía el Ministro del Interior, desde sus secciones de Gobierno, Municipalidades, Policía, Sanidad y Beneficencia, a los gobernadores y otras autoridades de las provincias.