Caja no. 388
Expediente: 29
Lugar: Quito /
Fecha: 6 de abril de 1899 /
No. de folios: 6
Contenido: Causa seguida contra Hermógenes Cobos, por prevaricato. La Corte Suprema desaprueba la sentencia consultada y absuelve definitivamente al acusado.
Caja no. 388
Expediente: 30
Lugar: Quito /
Fecha: 7 de abril de 1899 /
No. de folios: 4
Contenido: Causa seguida contra José Domingo Yupa y Juan Quizhpilema, por robo. La Corte Suprema revoca la sentencia consultada y absuelve a Quizhpilema de la instancia.
Caja no. 388
Expediente: 32
Lugar: Riobamba /
Fecha: 22 de Abril de 1899 /
No. de folios: 4
Contenido: Causa seguida contra Francisco Cobos, Alcalde Primero Municipal, por homicidio perpetrado en la persona de Manuel Casco. La Corte Suprema se declara incompetente y ordena que se devuelvan los autos para que se curse legal a la causa.
Caja no. 388
Expediente: 33
Lugar: Riobamba /
Fecha: 29 de abril de 1899 /
No. de folios: 5
Contenido: Causa seguida contra Antonio Hinojosa, por heridas causadas en la persona de J. Alejandro Montenegro. La Corte Suprema reforma la sentencia consultada y condena al reo a un año de prisión, veinte sucres de multa y pago de costas procesales.
Caja no. 388
Expediente: 34
Lugar: Guayaquil /
Fecha: 16 de mayo de 1899 /
No. de folios: 24
Contenido: Causa seguida contra Francisco J. Coto, por heridas causadas a Virgilio González. La Corte Suprema aprueba la sentencia consultada en cuanto a la responsabilidad penal del procesado y se la revoca en cuanto acepta su responsabilidad civil.
Caja no. 388
Expediente: 36
Lugar: Quito /
Fecha: 3 de julio de 1899 /
No. de folios: 4
Contenido: Causa seguida contra Vicente de Paul Angamarca, por homicidio cometido en la persona de Martín Tene. La Corte Suprema declara sin lugar el recurso de revisión solicitado por el Juez Letrado.
Caja no. 388
Expediente: 37
Lugar: Quito /
Fecha: 6 de julio de 1899 /
No. de folios: 8
Contenido: Causa seguida contra Tomás Cedillo, por sustracción de un proceso. La Corte Suprema declara que no ha llegado el caso de elevarse el proceso en virtud del recurso interpuesto por el Juez Letrado, en razón de no haber terminado la causa. Por lo tanto, devuelve el proceso para los fines legales consiguientes.