Cedularios
1780 - 1803
Caja no. 15
Expediente: 34
34. Folio: 307Lugar: Aranjuez /
Fecha: 26 de mayo de 1783 /
No. de folios:
Contenido: Declara lo siguiente: Siempre que un hijo de familia intente contraer matrimonio, y examinado en justicia quedase establecido ser racional el desacuerdo del padre, si vive éste y continúa su oposición, no pueda la madre instituir por heredero al hijo inobediente, ni hacerle donación alguna.
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