Cedularios
1538 - 1616
Caja no. 1
Expediente: 317
317. Folio: 405Lugar: Madrid /
Fecha: 22 de marzo de 1577 /
No. de folios:
Contenido: A los Virreyes, Presidentes y Oidores, Alcaldes, Gobernadores, Jueces, Justicias, Alguaciles de las Indias, Islas de Tierra Firme y del Mar Océano, dispone que ni el alguacil mayor o sus tenientes, cobren las décimas en las sanciones por demoras en los pagos de tributos, si éstos se cancelan, al día siguiente de cumplido el plazo.
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