Cedularios
1780 - 1803
Caja no. 15
Expediente: 35
35. Folio: 252Lugar: Aranjuez /
Fecha: 25 de abril de 1787 /
No. de folios:
Contenido: Para que en los Reinos de las Indias, Islas Filipinas y de Barlovento se observe la Ley inserta, sobre la impetración y concesión de licencias de Oratorios Domésticos, Urbanos o Rurales. En cuanto a Capillas Rurales, manda que los Ordinarios procedan, solo con el acuerdo y el consentimiento de los Vice-Patronos.
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